UNIDAD 3

Bienvenidos y bienvenidas a LA UNIDAD NO. 3

Recuerde revisar la información hasta el final y diligenciar el formato de evaluación de esta unidad.

Empecemos por recordar. En el siguiente audio puede escuchar un pequeño refuerzo de la UNIDAD 2.


INTRODUCCIÓN

A lo largo del curso hemos analizado los diferentes entornos donde las mujeres han ido promoviendo su participación y derechos como medidas de equidad para lograr la igualdad. 

Analizamos los estereotipos tradicionales de género, aprendimos que socialmente a las mujeres se les ha delegado los escenarios privados (el hogar) y que se han ido involucrando en los espacios públicos (laborales, políticos, sociales), dentro de la lucha histórica que han asumido por la reivindicación de sus derechos.

Es por esto que revisaremos en la presente unidad la participación social y política de las mujeres y su autonomía económica, como acciones claves para el logro de la igualdad:


1. PARTICIPACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA DE LAS MUJERES - DERECHO A ELEGIR Y SER ELEGIDAS

1.1 Participación social:

Es la intervención de los y las ciudadanos/as en la toma de decisiones respecto al manejo de recursos, programas y actividades que impactan en el desarrollo de la comunidad. La Participación Social es un legítimo derecho de la ciudadanía y por tanto involucra directamente a las mujeres.

1.2 Participación Política:

La participación política es un concepto que va ligado a la democracia. Es la posibilidad que tienen los y las ciudadanos/as de incidir en el curso de los acontecimientos políticos. Una democracia debe poseer los mecanismos participativos para que la ciudadanía decida sobre su destino. La forma más habitual de participación política es el voto.

La participación política de las mujeres es importante porque es un asunto de derechos humanos, permite el fortalecimiento de la democracia, trae mejoras para el desarrollo humano, facilita la construcción de una sociedad pluralista, contribuye a la sostenibilidad de los procesos de paz e impacta en la erradicación de los estereotipos de género.

En Colombia el ejercicio del voto para elegir altos funcionarios del Estado y las corporaciones públicas se dio entre 1810 y 1816, sin embargo, sólo hasta el año 1957, casi 140 años después, las mujeres obtuvieron derechos electorales por primera vez en Colombia.

De esta manera, el derecho al voto cobijó por fin a hombres y mujeres mayores de edad. Las mujeres adquirieron el derecho al voto con el Acto Legislativo No. 3 de la Asamblea Nacional Constituyente, el 25 de agosto de 1954.

1.3 Liderazgo y participación política

Las mujeres son a menudo lideresas dinámicas promotoras del cambio que impulsan a participar, reivindicar los derechos, fortalecer las comunidades y proteger el planeta. Su participación es fundamental para la gobernanza democrática. Sin embargo, las mujeres todavía tienen mucho camino por recorrer para conseguir la igualdad de representación en puestos de poder y liderazgo.

Tal como lo reconoce la Convención Internacional CEDAW: “La participación de las mujeres en todas las esferas de la vida social, en igualdad de condiciones con los hombres, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país” sin embargo, como señala la resolución sobre la participación de la mujer en la política aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2011, “las mujeres siguen estando marginadas en gran medida de la esfera política en todo el mundo, a menudo como resultado de leyes, prácticas, actitudes y estereotipos de género discriminatorios, bajos niveles de educación, falta de acceso a servicios de atención sanitaria, y debido a que la pobreza las afecta de manera desproporcionada”.

El liderazgo y participación de las mujeres es un asunto del fortalecimiento de la democracia como un sistema político y social capaz de incluir y representar a toda la ciudadanía y genera beneficios para toda la sociedad.

En Colombia las mujeres son el 52% de la población, sin embargo, solamente el 12% ocupan cargos de elección popular (el 14% de concejales, el 17% de diputadas, el 9% de alcaldes y el 21% del Congreso).

El Estado Colombiano cuenta con un marco normativo progresista al respecto: el artículo 43 de la Constitución nacional señala la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, y el artículo 13 señala el deber del Estado de promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y se adopten medidas a favor de los grupos discriminados o marginados. Así mismo la Ley 581 de 2000 y la Ley 1475 de 2011 establecen medidas explicitas para promover una mayor participación de las mujeres colombianas en los espacios de toma de decisiones políticas, la primera en los cargos de designación y la segunda en los de elección popular.

El gobierno Colombiano presentó al país en septiembre de 2012 los Lineamientos de Política pública de Equidad de Género para las Mujeres, enmarcada luego en el CONPES 161 de 2013, que plantea que “en la actualidad existe una sub representación de mujeres en las esferas del poder público y en los cargos de elección popular, por lo que la inclusión de las mujeres en los espacios de poder y toma de decisiones sigue siendo una necesidad apremiante para garantizar su propia autonomía y la calidad de la democracia del país”, y por tanto plantea en sus lineamientos y ámbitos de acción un eje de “Participación en los procesos de toma de decisiones y en las esferas de poder”. 


1.3.1 ¿Cómo promover el liderazgo y participación social y política de las mujeres? Algunos puntos clave:

  • Fortaleciendo la articulación de redes de mujeres a nivel departamental y municipal.
  • Apoyando la constitución de consejos ciudadanos de mujeres a niveles locales.
  • Promoviendo la participación de mujeres en escenarios de toma de decisiones. Por ejemplo, en los Consejos Municipales de Desarrollo Rural.
  • Promoviendo la participación de mujeres en niveles de decisión e incidencia como concejos, asambleas, congreso, alcaldías, gobernaciones y presidencia.
  • Promoviendo la paridad de mujeres en cargos públicos.
  • Fortaleciendo las capacidades institucionales para producir información electoral, datos y estadísticas desagregadas por género.
  • Monitoreando y evaluando la presupuestación sensible al género.


Le invitamos a visualizar el siguiente video:

Historia de la participación política de las mujeres en Colombia
Video elaborado por iniciativa de la Mesa de Género de la Cooperación Internacional en el marco del programa Superando la Violencia contra las Mujeres de ONU Mujeres en alianza con USAID. Tiomado de Canal Youtube ONU Mujeres.


Para conocer más información con relación a las cifras de participación política en Colombia puede ingresar al PDF Anexo

Dentro de las acciones que garantizan y promueven la participación permanente de las mujeres a nivel social y político se considera la constitución de instancias a nivel local y departamental.

1.4 Instancias de mujeres a nivel municipal y departamental

Las Mesas de Mujeres, o redes de mujeres, son plataformas creadas para promover agendas que consideren asuntos exclusivos al género y con relación a las discriminaciones que las mujeres han vivido históricamente. Permiten a su vez, plantear acciones y propuestas de manera permanente para afrontar los retos que asumen las mujeres en diferentes escenarios públicos y privados desde su mirada como ciudadanas.

Estos organismos o instancias se constituyen en escenarios clave para promover acciones de tipo comunitario, movilizaciones, incidencias y análisis de situaciones que afectan a las mujeres. Se constituyen a nivel territorial para de esta manera representar la visión y necesidades de las mujeres de acuerdo a sus características étnicas, culturales, de ubicación geográficas, actividades productivas, niveles de formación y situaciones de violencia que afrontan por su condición de género.

Estas instancias o plataformas, permiten a su vez, promover la cualificación de las mujeres representantes, así como su incidencia social y política, y se convierte también en organizaciones de base social, consultivas, para orientar las acciones institucionales con relación a las agendas de género y prevención de violencias. De esta manera se convierte en una acción de corresponsabilidad ciudadana con la institucionalidad para abordar las necesidades de las mujeres.

La participación social y política es fundamental para continuar promoviendo el empoderamiento de las mujeres y de esta manera prevenir las violencias basadas en género.


Otra actividad de la esfera pública que mantiene las discriminaciones hacia las mujeres y las brechas de género es la falta de acceso a recursos económicos o las dificultades para alcanzarlos.

Es por ello que se convierte en fundamental hablar de la autonomía económica de las mujeres.

2. AUTONOMÍA ECONÓMICA DE LAS MUJERES 

Trabajar en el empoderamiento económico de las mujeres contribuye directamente a la igualdad de género, la erradicación de la pobreza y el crecimiento económico inclusivo. Las mujeres contribuyen de manera muy significativa a las economías, ya sea en empresas, granjas, como emprendedoras o empleadas o trabajando como cuidadoras domésticas no remuneradas.

Por otro lado, es importante considerar que continúan sufriendo pobreza, discriminación y explotación de manera desproporcionada y sistemática. La discriminación de género implica que a menudo las mujeres desempeñen trabajos no seguros y mal pagados, y sigan siendo una pequeña minoría en la ocupación de cargos directivos.

La discriminación también ha reducido su acceso a bienes económicos como tierras y créditos, limitando su participación en el diseño de políticas sociales y económicas. Además, la mayor parte de las tareas domésticas recae en las mujeres, por lo que suelen tener poco tiempo libre para aprovechar oportunidades económicas, de crecimiento y/o desarrollo.

2.1 Autonomía Económica:

Es la capacidad de las mujeres para generar ingresos y recursos propios a partir del acceso al trabajo remunerado en igualdad de condiciones que los hombres. Esta acción considera el uso del tiempo y la contribución de las mujeres a la economía local, departamental o nacional.

La autonomía económica implica el empoderamiento económico, es decir que las mujeres puedan tener garantía de sus derechos como productoras de bienes y servicios en entornos laborales, pero a su vez, implica la generación de ingresos propios, que cuenten con la posibilidad de decidir sobre la administración de sus recursos económicas para cubrir las necesidades propias y de otros miembros del hogar, reduciendo así la dependencia económica y previniendo así violencias basadas en género.

El tener un mayor acceso a ingresos económicos puede reducir el riesgo de experimentar violencias:
  • Puede permitir a las mujeres salir de una relación violenta. Ej. Puede facilitar buscar apoyo en la justicia y recursos legales o acceder a los servicios de salud para asesoramiento.
  • Puede permitir tener un mayor poder de negociación dentro de la relación/hogar. Ej. El tener acceso a recursos económicos puede favorecer su capacidad de reclamar sus bienes en caso de divorcio o mantener la custodia de hijos/as.
  • Puede mejorar el empoderamiento para tomar decisiones que involucren su bienestar y el de su familia. Ej. decidir si tomar o no un trabajo, decidir en qué invertir sus recursos, no verse obligada a soportar vulneración de sus derechos por falta de recursos para sobrevivir.

En términos más generales, la reducción de la pobreza de los hogares puede reducir el estrés económico y así reducir los posibles factores desencadenantes de conflictos entre la pareja.

Para garantizar acciones positivas hacia el empoderamiento de las mujeres, es indispensable considerar a su vez un enfoque diferencial y de interseccionalidad.

2.2 Enfoque diferencial y de interseccionalidad

El enfoque diferencial es el reconocimiento de la existencia de poblaciones con características particulares por efecto de su edad, género y orientación sexual, origen étnico, situación de discapacidad y promueve a su vez la generación de acciones específicas e incluyentes.

La interseccionalidad por su parte, hace referencia a una situación en la que varios motivos de discriminación o vulnerabilidad se suman e interactúan al mismo tiempo de forma inseparable. (Ejemplo: las vulnerabilidades que una persona pueden enfrentar al ser mujer, pero sumado a ello, tiene condiciones adicionales como ser cabeza de hogar y/o afrodescendiente y/o vive en una zona rural dispersa y/o tiene bajo acceso a recursos, entre otros).

La Constitución Política de 1991 en sus artículos 14 y 75 reconoce la existencia de una sociedad pluralista y diversa, con derecho a la igualdad y no discriminación. Desde entonces se han desarrollado una serie de legislaciones, normativas y políticas públicas que le apuestan al reconocimiento de todas/os los miembros de la población colombiana, especialmente aquellos/as que requieren protección especial, atendiendo al principio de no discriminación.

Las discriminaciones que padecen personas y grupos poblacionales por razones de su etnia, género, identidad de género, orientación sexual, ciclo vital, discapacidad, lideres(as), defensores(as) de derechos humanos o por ser víctima de hechos de violencia en el marco del conflicto armado han estado profundamente ancladas a las desigualdades e inequidades que las sociedades permiten a través del ejercicio de control y poder.

2.2.1 Categorías de los enfoques diferenciales:

Etario: Reconoce características particulares en razón de la edad de las personas. Incluye niños, niñas, adolescentes, jóvenes y persona mayor.

Discapacidad: Incluye el reconocimiento de diversos tipos de discapacidad: Física, auditiva, visual, cognitiva, mental y múltiple.

Étnico: Reconoce características particulares en razón de la identidad cultural de las personas y comunidades. Incluye el reconocimiento de las comunidades y pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y del pueblo Rrom o gitano.

Género: No hace referencia al hombre y la mujer, sino a lo masculino y lo femenino, esto es, a las cualidades y características que la sociedad atribuye a cada sexo. Las personas nacen con un determinado sexo, pero aprenden a ser hombres y mujeres. Las percepciones de género están firmemente ancladas, varían no sólo entre culturas sino dentro de una misma y evolucionan a lo largo del tiempo. Sin embargo, en todas las culturas, el género determina el poder y los recursos de hombres y mujeres.

Diversidad sexual: Reconoce características particulares en razón de las identidades de género y las orientaciones sexuales diversas.

¿Para qué sirve el enfoque diferencial y de interseccionalidad?

  • Visibilizar el recrudecimiento de la violencia y violación de los derechos humanos en forma sistemática a poblaciones y grupos considerados histórica y culturalmente con criterios discriminatorios.
  • Evidenciar la ausencia de políticas públicas con enfoque de derechos y promover su formulación.
  • Señalar las dificultades y resistencias para reconocer las asimetrías, desigualdades, vulnerabilidad y necesidades de las poblaciones consideradas como diferentes.
  • Orientar acciones específicas y diferenciadas a poblaciones con condiciones particulares.
  • Permite reconocer las múltiples vulnerabilidades, discriminaciones que niños y niñas, mujeres, indígenas, afrodescendientes, personas privadas de libertad, personas LGBTI, habitantes de la calle, enfrentan.
  • Facilita el desarrollo de programas que permitan entender las características, problemáticas, necesidades, intereses e interpretaciones particulares que tengan las poblaciones y que redunden en una adecuación de las de las modalidades de atención a los mismos permitiendo la integralidad de la respuesta estatal.
  • Permite realizar acciones positivas que no solo disminuyen las condiciones de discriminación, sino que apuntan a modificar condiciones sociales, culturales y estructurales.

Adicional a esto, cabe señalar que las mujeres tienen condiciones diferenciadas también por la ubicación de residencia y su participación en actividades productivas, es por ello relevante también hablar de manera específica de las mujeres rurales.

2.3 Ley 731 de 2002 - Mujer Rural

Las mujeres rurales son agentes clave para el desarrollo sostenible, pues se vinculan para lograr cambios económicos, ambientales y sociales sin embargo, su acceso limitado al crédito, la asistencia sanitaria y la educación se encuentra entre los muchos retos a los que se enfrentan. 

Empoderar a las mujeres rurales no sólo es fundamental para el bienestar de las personas, familias y comunidades rurales, sino también para la productividad económica general, dada la amplia presencia de mujeres en la mano de obra agrícola mundial.

En Colombia existe una Ley creada para orientar las acciones políticas, institucionales y comunitarias en torno a las mujeres rurales, a su vez, en el año 2019, el gobierno nacional firmo el Gran Pacto por la Equidad de la Mujer Rural, suscrito entre el Gobierno, organizaciones sindicales y de mujeres rurales, gremios y empresas del sector productivo del sector agro, el cual está diseñado para romper las brechas de pobreza y exclusión social de más de cinco millones de mujeres del campo colombiano.

La Ley 731 del 14 de enero de 2002, busca atender las necesidades de las mujeres rurales, mejorar su calidad de vida, propender por la equidad entre hombres y mujeres rurales y adoptar medidas que reduzcan la brecha entre lo rural y lo urbano, proponiendo dentro de sus artículos más destacados:

Art.1. Mejorar la calidad de vida de las mujeres rurales, priorizando las de bajos recursos adoptando medidas específicas encaminadas a la equidad entre el hombre y la mujer rural.

Art. 3. La actividad rural comprende desde las actividades tradicionales, tales como las labores agropecuarias, forestales, pesqueras y mineras, hasta las no tradicionales, como el desarrollo de agroindustrias y microempresas, además de otras actividades realizadas en el marco de una perspectiva más amplia de la ruralidad, como son las relacionadas con la integración a cadenas agro productivas y comerciales en todas sus expresiones organizativas, el turismo rural y ecológico, las artesanías, la transformación de metales y piedras preciosas y otros nuevos campos de oportunidad, incluyendo las actividades de mercadeo, transformación de productos y prestación de servicios que se realicen en torno a ellas.

Art. 19. Participación equitativa de la mujer rural en diferentes órganos de decisión, planeación y seguimiento a nivel territorial: Consejos municipales de Desarrollo Rural CMDR, Consejos Territoriales de Planeación.

Art. 29. Igualdad de remuneración en el sector rural.

Art. 34. Prevé que el Gobierno Nacional, a través de la Consejería para la Equidad de la Mujer, o quien haga sus veces, con la colaboración del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, diseñará un plan de revisión, evaluación y seguimiento de los programas y leyes que favorecen a las mujeres rurales.

Esta ley se convierte en una guía clave para orientar las acciones e incidencias encaminadas al empoderamiento de las mujeres rurales. Descargar aquí

3. ECONOMÍA DEL CUIDADO 

Definida en el artículo 2 de la Ley 1413 de 2010, como el trabajo no remunerado que se realiza en el hogar, relacionado con mantenimiento de la vivienda, los cuidados a otras personas del hogar o la comunidad y el mantenimiento de la fuerza de trabajo remunerado. Este trabajo de hogar no remunerado, incluye los servicios domésticos, personales y de cuidados generados y consumidos dentro del propio hogar, por los que no se percibe retribución económica directa. Esta categoría de trabajo es de fundamental importancia económica en una sociedad.

La Ley 1413 de 2010, regula también la inclusión de la economía del cuidado en el sistema de cuentas nacionales con el objeto de medir la contribución de la mujer al desarrollo económico y social del país y como herramienta fundamental para la definición e implementación de políticas públicas. Consulté la ley 1413 de 2010 dando click aquí. 

Para conocer más a fondo las actividades que se involucran dentro de la economía del cuidado e identificar cuál es su aporte PERSONAL en estas, le invitamos a diligenciar el Simulador que se encuentra en el siguiente enlace, es un formato corto, sencillo y amigable:




Encontrar soluciones a la prestación de cuidados es esencial para que las mujeres gocen de igualdad de oportunidades en el mundo del trabajo. Una parte de los cuidados son prestados por el sector de los servicios de salud, que es esencialmente formal y público. Los servicios públicos de cuidado de niños y niñas, la educación de la primera infancia, los cuidados dirigidos a las personas con discapacidad y los cuidados de larga duración, así como el cuidado de las personas de edad, son otros de los ámbitos que integran la economía del cuidado.

Sin embargo, también hacen parte del cuidado las tareas que desarrollan principalmente las mujeres en el hogar, como la preparación de alimentos, el aseo o limpieza, el cuidado de niños y niñas, personas en situación de discapacidad o personas adultos/as mayores; las cuales involucran una cantidad de horas al día, dificultando que las mujeres puedan invertir tiempo en actividades que promueven su desarrollo personal o productivo y que sean remuneradas.

Solucionar la prestación de cuidados es un reto al que se enfrenta un número creciente de mujeres que se incorporan a la fuerza de trabajo, y que tratan de cumplir, a la vez, con sus responsabilidades de crianza y educación de niños y niñas.

Le invitamos a visualizar el video para identificar cómo las tareas del cuidado generalmente son invisibilizadas:

EL CUIDADO: ESE TRABAJO INVISIBLE QUE HACE POSIBLE EL TRABAJO VISIBLE

Tomado de canal Youtube PNUD Panamá


3.1 ¿Qué podemos hacer?

Enfrentar con solvencia la actual crisis de los cuidados ha sido reconocida en los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030, formulando su Objetivo 5.4. “reconocer y valorar los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados mediante servicios públicos, infraestructuras y políticas de protección social, y promoviendo la responsabilidad compartida en el hogar y la familia, según proceda en cada país”.

Reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidados no remunerado entre la familia, el Estado y el Mercado es una tarea indispensable para completar e igualar los logros de empoderamiento económico de las mujeres, así como alcanzar un adecuado nivel de bienestar social.

Reconocer: Hacer visible y revalorizar el trabajo de cuidados como un trabajo clave para el bienestar de las sociedades y para el funcionamiento de la Economía, tanto en la prestación desde los hogares como desde su consideración de sector económico de empleo decente en pleno auge.

Redistribuir: Distribuir de manera más justa y equilibrada el trabajo de cuidado no remunerado y las responsabilidades domésticas entre mujeres y hombres, así como del ejercicio de la paternidad activa y responsable.

Reducir: Apoyar y dar cobertura a las necesidades básicas del cuidado, reduciendo la carga de trabajo no remunerado que realizan las mujeres en los hogares, desde un enfoque de derechos (el derecho a los cuidado como derecho clave de la ciudadanía) y basándose en los principios de igualdad, universalidad y solidaridad.


3.2 Inclusión de la Economía del Cuidado en Cuentas Nacionales 


(haga click en las imágenes para ampliarlas)



Para conocer la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo puede ingresar al siguiente enlace:
https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/pobreza-y-condiciones-de-vida/encuesta-nacional-del-uso-del-tiempo-enut


3.3 Una experiencia para referenciar


La economía del cuidado a convocado diferentes acciones de tipo institucional y comunitario, las cuales han sido motivadas e impulsadas por las organizaciones de mujeres y mixtas, que vienen liderando esfuerzos locales, departamentales y nacionales en torno a la igualdad de género.

Es por ello que Bogotá y Nariño cuentan con escenarios como la Mesas Intersectoriales de Economía del Cuidado, que convocan a organizaciones y entidades de diferentes sectores, interesados y respondientes del tema en mención, a través de la cual generan acciones a nivel local.

Como ejemplo les invitamos a conocer el caso de la Mesa Intersectorial de Economía del Cuidado en Nariño.

(haga click en la imagen para ampliarla)




4. EVALUACIÓN



Aquí terminan los contenidos de la UNIDAD 3.

Le invitamos a resolver el siguiente cuestionario de evaluación, como cierre de esta actividad.





Usted ha finalizado el curso virtual en género. 

Si diligenció las 3 evaluaciones de las 3 Unidades, recibirá en su correo electrónico la respectiva certificación, después del 17 de mayo.





WEBGRAFÍA DE CONSULTA












¡Gracias por participar!


Mayor información sobre el curso
WhatsApp 315 2260847


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Comentarios

  1. Estoy emocionada con este curso porque es muy practico y sobretodo con un léxico tan común que no será para nadie tedioso sino por el contrario muy amable y con ganas de estar pegado ahí para aprender. Gracias por el interés de dictar el curso compartir su conocimiento

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  2. Muchas gracias, excelente curso, estaré atenta a la unidad 3 se ve muy interesante.

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  3. cuando suben el contenido de la unidad 3? GRACIAS!!!!


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    1. Le informamos que la UNIDAD 3 ya está disponible en la plataforma. Gracias por participar.

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  4. Este curso esta estupendo estaré atento a la tercera unidad. Gracias!

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  5. Muy interesante gracias esto es una gran herramienta

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